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Preguntas frecuentes

¿Hay que estar acreditado para realizar podas o prácticas culturales en palmeras?

En el BOC nº 222 de fecha 06.11.07 la Orden de 29 de Octubre de 2007 por la que se declara la existencia de las plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus ferrugineus (Olivier) y Diocalandra frumenti (Fabricius) y se establecen medidas fitosanitarias para su erradicación y control, en el artículo 2.2.c, establece que las personas que realicen podas y otras prácticas culturales en las palmeras, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria, deberán estar acreditados por parte de la Dirección General de Agricultura.

¿Que necesito para acreditarme?

  • Curso de especialización en trabajos con palmeras.
  • Curso de primeros auxilios.
  • Curso básico de manipulador de fitosanitario.
  • Curso básico de prevención de riesgos laborales.
  • 1 año de experiencia en trabajos con palmeras.

En caso de no poder acreditar la experiencia se dará una acreditación en prácticas durante un año, debiendo realizar los trabajos acompañado de una persona que disponga dicha acreditación.

La vigencia de dichas acreditaciones será de un año debiendo renovarlas al finalizar las mismas.

¿Se pueden podar las palmeras? En caso de que sí ¿a qué administración hay que solicitar la autorización?

Sólo se permitirá la poda de hojas secas y senescentes, sin cortarlas a ras de estípite, conservando aquellas tábalas que estén fuertemente adheridas y eliminando aquellas que se desprendan fácilmente.

  • En las palmeras pequeñas se tenderá a amarrar las hojas verdes.
  • La limpieza de estípites siempre irán acompañadas con la aplicación de un producto fitosanitario (fungicida e insecticida autorizado), prohibiéndose los cepillados de los mismos.
  • En el caso de que sea necesario, por motivos de seguridad ciudadana, el corte de hojas verdes, la cicatriz se tratará con un aceite mineral de verano y posteriormente se le aplicará una pintura al aceite de color teja o mastic de poda. Los cortes deberán ser siempre limpios y no deberán provocar desgarros. En el caso de ser necesaria cualquier otra operación que origine cortes a la planta se utilizarán insecticidas y mastic para cubrir las heridas.
  • Los restos de la poda deberán transportarse tapados con material plástico o similar hasta vertedero autorizado.

Las herramientas deberán ser desinfectadas previamente a su utilización para cada ejemplar tratado.

Las personas que realicen podas y otras prácticas culturales en palmeras, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria, deberán estar acreditados por parte de la Dirección General de Agricultura y para realizar dichos trabajos, según las condiciones descritas en el anexo II de la Orden del 29 de Octubre de 2007.

Queda totalmente prohibido el corte de palmitos, salvo en las zonas autorizadas por el organismo competente.

En cualquier caso las autorizaciones para podar se solicitan:

En Lanzarote, para los ejemplares situados en suelo urbano o urbanizable, al Ayuntamiento correspondiente. En el caso de estar en suelo rústico o palmeras silvestres, al Cabildo.

¿Se pueden cepillar los estípites (troncos) de las palmeras?

No, no se pueden cepillar los estípites. Si se pueden limpiar, siempre y cuando esta labor se pueda hacer SIN emplear herramientas de corte.

En Lanzarote, ¿se puede aprovechar el palmito de la palmera canaria para su uso artesano?

Sí, siempre con autorización de la Consejería de Industria, Comercio, Consumo y Energía del Cabildo Insular de Lanzarote, previo informe preceptivo y vinculante, en el caso de ser negativo, del Servicio de Medio Ambiente. Exclusivamente artesanos autorizados y registrados como tales. (BOP de Las Palmas. Nº 60, viernes 9 de mayo de 2014).

La extracción del material vegetal deberá realizarla personas acreditadas por parte de la Dirección General de Agricultura.

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